Si vas a alquilar una vivienda, ya sea alquiler habitual, temporal o turística, necesitas el Certificado de Eficiencia Energética (CEE).
Además, la etiqueta energética (A–G) debe mostrarse en cualquier anuncio y adjuntarse al contrato.
Aquí tienes la guía práctica, clara y actualizada para cumplir la normativa.
¿Qué es el certificado de eficiencia energética (CEE)?
Es un documento oficial emitido por un técnico competente tras visitar el inmueble y calcular su consumo y emisiones.
Genera una calificación A-G y la etiqueta energética, que debe mostrarse en la publicidad del alquiler (salvo excepciones).
Incluye recomendaciones de mejora, la etiqueta energética y debe registrarse en la Comunidad Autónoma para tener validez.
Marco legal que hace obligatorio el CEE
- Real Decreto 390/2021: procedimiento básico de certificación. Se aplica a edificios o partes de edificios que se vendan o alquilen a un nuevo arrendatario (art. 3.1.b).
- Publicidad y contrato: la etiqueta debe figurar en toda oferta, promoción y publicidad de alquiler (art. 15.2) y adjuntarse al contrato (art. 17.2).
- Registro: para que el certificado sea válido, debe registrarse en el órgano autonómico (art. 6, art. 8 y art. 13.1).
¿Qué tipos de alquiler deben contar con el certificado?
- Vivienda completa: CEE y etiqueta obligatorios antes de anunciar y formalizar.
- Habitación en piso compartido: en general, no se exige CEE para alquilar solo una habitación.
- Alquiler temporal no turístico: suele exigirse CEE si alquilas vivienda o parte significativa; revisa tu CCAA.
Vivienda turística: la línea con uso turístico la marcan normativa autonómica/municipal, es decir, si prestas servicios tipo hotel, la casuística cambia.
Excepciones principales (cuándo NO hace falta)
Quedan fuera del ámbito de aplicación del RD 390/2021 (art. 3.2), entre otros:
- Edificios protegidos cuando la mejora energética altere de forma inaceptable su carácter o aspecto.
- Construcciones provisionales (uso ≤ 2 años).
- Edificios industriales, agrícolas o de defensa no residenciales y zonas de baja demanda energética (talleres, procesos industriales).
- Edificios independientes (no en contacto con otros) de < 50 m² de superficie útil total. Ojo: un piso de 45 m² dentro de un bloque sí debe certificar.
- Edificios que se compran para demolición o gran reforma (con declaración responsable).
¿Qué validez tiene el certificado de eficiencia energética?
- 10 años con carácter general.
- 5 años si la calificación es G.
- Se renueva antes de su caducidad o si hay reformas que cambian de forma relevante la eficiencia.
Cómo obtener el certificado energético
- Solicita presupuesto a un técnico competente (arquitecto, aparejador, ingeniero).
- Visita in situ: mediciones, envolvente, instalaciones (caldera, ACS, ventilación).
- Emisión del informe CEE y calificación A–G.
- Registro telemático en tu CCAA y descarga de la etiqueta.
- Incluye la etiqueta en el anuncio de alquiler y guarda la documentación.
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Coste orientativo en 2025
- Estudios / <60 m²: 70–110 €
- 60–90 m²: 90–140 €
- 90–120 m²: 120–180 €
Factores que pueden variar la tarifa:
- complejidad de instalaciones
- calidad de planos
- urgencia
- tasas de registro autonómicas.
¿Cómo usar el certificado?
Publicidad y documentación obligatoria
- Antes de publicar el anuncio: incluye la calificación energética en portales, webs, cartelería o folletos.
- Al firmar el contrato: anexa la etiqueta y entrega al inquilino las recomendaciones de uso del certificado.
- Conserva el certificado y justificante de registro. Valen para sucesivos contratos si no caduca.
Multas y sanciones
- Anunciar sin etiqueta (si es exigible) → sanción leve.
- Alquilar sin CEE registrado → sanción grave.
- Datos falsos o uso indebido → sanción muy grave.
Las cuantías y tramitación dependen de cada comunidad autónoma pero pueden variar entre los 300€ y los 6.000€.

Desconfía de «certificados sin visita»: pueden no ser válidos y exponerte a sanción.
Checklist buenas prácticas para el certificado energético
- Contacta con un técnico certificado (arquitecto o ingeniero habilitado).
- Agenda una visita al inmueble para la toma de datos.
- Recibe el certificado y la etiqueta energética (A–G).
- Registra el certificado en el organismo autonómico correspondiente.
- Guarda el justificante del registro (obligatorio para contratos y anuncios).
- Incluye la calificación energética en tus anuncios y cartelería.
- Adjunta la etiqueta energética al contrato de alquiler.
¿Dónde registrar el certificado energético por Comunidad Autónoma?
| Comunidad Autónoma | Organismo de registro | Enlace oficial |
|---|---|---|
| Andalucía | Agencia de Vivienda y Rehabilitación de Andalucía (AVRA) | Registro CEE Andalucía |
| Madrid | Dirección General de Descarbonización y Transición Energética | Registro CEE Madrid |
| Cataluña | Institut Català d’Energia (ICAEN) | Registro CEE Cataluña |
| Valencia | Dirección General de Energía – Generalitat Valenciana | Registro CEE Valencia |
| Galicia | Instituto Enerxético de Galicia (INEGA) | Registro CEE Galicia |
| Castilla y León | Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio | Registro CEE Castilla y León |
| País Vasco | Eusko Jaurlaritza – Ente Vasco de la Energía (EVE) | Registro CEE Euskadi |
| Navarra | Gobierno de Navarra – Servicio de Energía | Registro CEE Navarra |
| Castilla-La Mancha | Consejería de Desarrollo Sostenible | Registro CEE Castilla-La Mancha |
| Murcia | Dirección General de Energía y Actividad Industrial y Minera | Registro CEE Murcia |
| Aragón | Dirección General de Energía y Minas | Registro CEE Aragón |
| Canarias | Gobierno de Canarias – Dirección General de Energía | Registro CEE Canarias |
| Baleares | Dirección General de Energía y Cambio Climático | Registro CEE Baleares |
| Extremadura | Junta de Extremadura – Consejería de Transición Ecológica | Registro CEE Extremadura |
| Asturias | Dirección General de Energía y Minería | Registro CEE Asturias |
| La Rioja | Gobierno de La Rioja – Dirección General de Transición Energética | Registro CEE La Rioja |
| Cantabria | Dirección General de Industria, Energía y Minas | Registro CEE Cantabria |
En 2025: Todos los registros autonómicos son gratuitos o con tasas simbólicas, y permiten la presentación telemática del certificado firmado por el técnico.
Preguntas frecuentes sobre alquilar con/sin certificado energético
¿Quién paga el certificado energético?
Normalmente el propietario, como responsable de facilitar la información energética y registrar el CEE.
¿Puedo alquilar sin certificado mientras lo tramito?
No es recomendable. La etiqueta debe figurar en el anuncio y el inquilino debe recibir la documentación al firmar. Evitas sanciones y problemas contractuales.
¿El certificado vale para varios contratos?
Sí. Mientras esté vigente y registrado, puedes usar el mismo CEE para sucesivos alquileres de ese inmueble.
¿Necesito certificado energético si alquilo solo una habitación?
En general, no: el CEE se exige cuando se alquila la vivienda completa. Para el alquiler de una habitación en una vivienda ya habitada, normalmente no se requiere certificado ni mostrar etiqueta en el anuncio; ahora bien, si publicitas y alquilas la vivienda entera (aunque sea por periodos), sí debes disponer de CEE y, cuando proceda, mostrar la etiqueta. Revisa siempre la práctica de tu comunidad autónoma.
¿Es obligatorio si solo alquilo la vivienda unos pocos meses al año?
Depende del uso y del tiempo real de ocupación. Si alquilas la vivienda completa, lo habitual es que necesites CEE aunque sea por periodos; solo quedan fuera supuestos de uso limitado (<4 meses/año o consumo muy bajo acreditado) o excepciones tasadas (p. ej., edificios protegidos). Si prestas servicios “tipo hotel”, la casuística cambia y pueden aplicar otras normativas. Ante la duda, mejor certificar.
¿Qué documentos debo conservar tras certificar?
Guarda tres piezas: 1) el informe CEE completo (PDF), 2) la etiqueta energética oficial (A–G) descargada del registro autonómico y 3) el justificante de registro (resguardo o número de expediente). Añade a tu archivo la factura del técnico y la fecha de caducidad (10 años) en el calendario; la etiqueta debe estar disponible para tu anuncio cuando sea exigible.
¿Puedo usar un certificado de hace 9 años?
Sí, el CEE tiene validez de 10 años, así que uno de hace 9 sigue siendo válido si no ha caducado y la vivienda no ha sufrido reformas que cambien su comportamiento energético. Si realizaste mejoras (p. ej., ventanas, caldera, aislamiento), te conviene renovar para reflejar una mejor calificación; si ha caducado (≥10 años), debes recertificar antes de anunciar o alquilar cuando el certificado sea exigible.
¿Hay que exhibir la etiqueta en el portal del edificio?
La exhibición pública es obligatoria para ciertos usos (p. ej., edificios de Administraciones o algunos terciarios). Para vivienda, la exhibición pública es en general voluntaria, lo que sí es obligatorio es incluirla en publicidad y contrato.
¿Cómo puedo mejorar la calificación de forma barata antes de certificar?
Empieza por “low-cost” de alto impacto: LED en toda la vivienda, burletes y sellado en ventanas/puertas, aireadores y perlizadores en grifos, programadores/termostatos y purgado de radiadores, caldera ajustada y revisión de estanqueidad, cortinas/estores térmicos en orientaciones críticas y aislante reflectivo en cajas de persiana. Si puedes ir un paso más: ventanas mejoradas (doble vidrio bajo emisivo) o bomba de calor eficiente suelen subir letra.
¿Quién puede emitir el certificado y cuánto tarda el proceso?
Debe firmarlo un técnico competente (arquitecto, arquitecto técnico, ingeniero o ingeniero técnico habilitado) tras visita in situ. El informe suele estar en 24 a 72h desde la visita y el registro autonómico puede ser inmediato o tardar 24 a 72h adicionales según la CCAA; pide siempre que te entreguen informe, etiqueta y resguardo de registro.
¿Cuánto cuesta el certificado energético?
El precio medio del certificado energético en 2025–2026 oscila entre 70 y 180 euros, según el tamaño, la ubicación y la complejidad del inmueble. Por ejemplo, un estudio de 40 m² en una capital puede costar unos 80€, mientras que un piso de 90 m² ronda los 120 a 140€ y una vivienda grande de más de 120 m² puede superar los 160€. A este importe pueden sumarse pequeñas tasas de registro autonómicas (0–20 €) o suplementos por urgencia o desplazamiento. Conviene desconfiar de precios excesivamente bajos o servicios sin visita presencial, ya que pueden no ser válidos y conllevar sanciones.
El certificado energético es obligatorio para alquilar en España, también en alquiler flexible, y su gestión es sencilla con registro autonómico y uso obligatorio de la etiqueta en anuncios y contrato.
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